Reglamento [Reg_LEN]

Artículo 18 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval

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Artículo 18

CAPÍTULO II - De la Rectoría

Artículo 18.- La Rectoría establecerá los mecanismos de colaboración y de coordinación interinstitucional necesarios, para cumplir en materia educativa con los objetivos nacionales y compromisos internacionales.

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