Artículo 27. Para la fiscalización y el desarrollo de las auditorías que realiza la Auditoría Superior de la Federación previstas en el artículo 61 de la Ley, todas las áreas de Petróleos Mexicanos deben facilitar el desarrollo de las actividades de vigilancia y auditoría.
Reglamento [Reg_LEPEPM]
Artículo 27 de REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO TERCERO - VIGILANCIA Y AUDITORÍA · Capítulo Único - Disposiciones Generales
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos
[LEPEPM]
Artículo citado
Artículo 61 de LEPEPM
[LEPEPM]
Mismo capítulo
Artículo 26 de Reg_LEPEPM
[Reg_LEPEPM]
Mismo capítulo
Artículo 25 de Reg_LEPEPM
[Reg_LEPEPM]
Mismo capítulo
Artículo 3 de Reg_LEPEPM
[Reg_LEPEPM]
Mismo capítulo
Artículo 2 de Reg_LEPEPM
[Reg_LEPEPM]
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos (Reg_LEPEPM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.