Reglamento [Reg_LFAFE]

Artículo 41 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (Reg_LFAFE)

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Artículo 41

CAPITULO IV - De la Fabricación.

ARTICULO 41.- Los permisos generales que se otorguen para la fabricación de las armas, municiones y de objetos y materiales que señala este Reglamento, no incluyen la autorización de venta o enajenación, para lo cual se deberá obtener el permiso ordinario correspondiente.

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