ARTICULO 56.- Los establecimientos que operen con permiso general, pueden comprar y vender entre sí, pólvoras, explosivos, artificios y substancias químicas relacionadas con explosivos, siempre que el vendedor obtenga previamente el permiso ordinario para cada caso y operación.
Reglamento [Reg_LFAFE]
Artículo 56 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
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CAPITULO VII - De la Compraventa
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