Reglamento [Reg_LFAFE]

Artículo 72 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (Reg_LFAFE)

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Artículo 72

CAPITULO X - Del Almacenamiento

ARTICULO 72.- Los permisos generales de compraventa de armas, objetos y materiales, expresarán las cantidades máximas de almacenamiento permitido en los lugares de los establecimientos comerciales abiertos al público.

El almacenamiento en lugares diversos a dichos establecimientos, se autorizará fijando las medidas de seguridad que se deban reunir para evitar accidentes o robos.

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