ARTICULO 71.- El almacenamiento de armas, objetos y materiales, autorizado complementariamente en los permisos generales de fabricación, se sujetará a las medidas de seguridad que mencionen los propios permisos.
Reglamento [Reg_LFAFE]
Artículo 71 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
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CAPITULO X - Del Almacenamiento
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