Lectura de artículo · Reg_LFAFE

Artículo 89

REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Artículo 89

CAPITULO XI - Del Control y Vigilancia

ARTICULO 89.- La Secretaría podrá ordenar visitas de inspección a establecimientos, instalaciones o negociaciones que funcionen al amparo de permisos generales o extraordinarios, únicamente con el fin de comprobar el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley y este Reglamento.

El personal de esos establecimientos, instalaciones o negociaciones, está obligado a dar las facilidades necesarias al personal nombrado para la práctica de dichas visitas.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 89

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 89 Llegan al 89
Publicidad