ARTICULO 91.- La Secretaría, mediante circulares, determinará los modelos conforme a los cuales se harán las manifestaciones y solicitudes previstas en la Ley y en este Reglamento, y fijará su costo.
Reglamento [Reg_LFAFE]
Artículo 91 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPITULO XII - Disposiciones Complementarias
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (Reg_LFAFE)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.