CAPITULO XII - Disposiciones Complementarias
ARTICULO PRIMERO.- Este Reglamento entrará en vigor treinta días después de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
Reglamento [Reg_LFAFE]
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ARTICULO PRIMERO.- Este Reglamento entrará en vigor treinta días después de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
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REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (Reg_LFAFE)
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