Reglamento [Reg_LFCine]

Artículo 28 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía (Reg_LFCine)

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Artículo 28

CAPÍTULO IV - DE LA DISTRIBUCIÓN

Artículo 28. La Dirección General podrá emitir opiniones o informes ante las autoridades administrativas que se lo soliciten, con motivo de las controversias suscitadas en cualquiera de los casos previstos en el artículo 17 de la Ley.

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