Capítulo V - De las bases y convenios de colaboración o coordinación
Artículo 23. La Secretaría de Economía, el Servicio de Administración Tributaria y las demás Autoridades Certificadoras deberán remitir a la Secretaría una copia de las bases o convenios de colaboración que suscriban para la prestación de Servicios relacionados con la Firma Electrónica Avanzada.
La Secretaría publicará en su Página Web, un listado de las bases o convenios de colaboración que se suscriban entre las Autoridades Certificadoras.