Artículo 13. Las asesorías se entenderán como aquellas indicaciones o sugerencias que reciban las Organizaciones por parte de las Dependencias y Entidades para el mejor cumplimiento de su objeto social.
La capacitación y colaboración a las Organizaciones son los procesos de instrucción, preparación y entrenamiento que, en su caso, les proporcionen las Dependencias o Entidades, por sí o a través de terceros, con la finalidad de que mejoren el cumplimiento de su objeto social, mediante la profesionalización de sus integrantes, así como la consolidación de sus conocimientos y habilidades técnico- organizacionales.
Las asesorías, capacitaciones y colaboraciones que reciban las Organizaciones se podrán desarrollar a través de acciones de formación mediante la modalidad de presencia o a distancia.