Reglamento [Reg_LFFAROSC]

Artículo 18 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (Reg_LFFAROSC)

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Artículo 18

Capítulo Tercero - De las Autoridades · Sección I - De la Comisión

Artículo 18. La Comisión será presidida por el representante propietario de la Secretaría, quien ejercerá las atribuciones que la Ley y demás disposiciones aplicables le otorgan a dicha Dependencia, en función de su carácter de Secretaria Técnica de la Comisión.

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