Reglamento [Reg_LFFAROSC]

Artículo 26 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (Reg_LFFAROSC)

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Artículo 26

Capítulo Cuarto - Del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil y del Sistema de Información

Artículo 26. El Registro operará a través de módulos que se instalarán en las Oficinas que para tales efectos designe la Secretaría. Los nombres de los servidores públicos encargados de los módulos y su ubicación se harán públicos en la página electrónica de la Secretaría.

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