Artículo 102. Previo a la sesión del Consejo en que se dictamine la procedencia e incorporación de un Proyecto Elegible, la Secretaría Ejecutiva remitirá el expediente completo al Comité de Análisis de Riesgos para la emisión de la valoración de impacto y riesgo fiscal.
Dicha valoración tendrá carácter técnico y especializado en la identificación de los riesgos fiscales, financieros y contingentes del Proyecto para la Hacienda Pública Federal.
El Consejo deberá contar con dicha valoración como requisito previo para emitir el dictamen de procedencia e incorporación, y deberá pronunciarse expresamente en el dictamen sobre los riesgos identificados y las medidas de mitigación propuestas.