Reglamento [Reg_LFIIEDB]

Artículo 142 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

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REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar (Reg_LFIIEDB)

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Artículo 142

TÍTULO OCTAVO - DE LA INCORPORACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE PROPÓSITO ESPECÍFICO · CAPÍTULO II - DEL PROCEDIMIENTO DE INCORPORACIÓN

Artículo 142. Los Interesados realizarán los trámites que resulten conducentes ante las autoridades que determine el Consejo para la incorporación de los Proyectos Procedentes a un VPE.

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