Artículo 199. Además de los elementos señalados en el artículo 96 de la Ley, las bases del Concurso deberán contener:
I. Los requisitos, términos y condiciones para que cualquier interesado participe en el concurso;
II. Los montos, términos y condiciones de las aportaciones públicas que, en su caso, se realizarán para el proyecto;
III. La referencia a la documentación que deberán presentar los participantes, plazos y forma de su presentación;
IV. La indicación de que los concursantes deberán entregar, con su oferta técnica, copia del recibo de adquisición de las bases;
V. La mención del lugar, fecha y hora para la realización de los actos y presentación de documentos en el Concurso;
VI. Las páginas web en las que podrá consultarse la información relativa al Concurso;
VII. La solicitud de una manifestación de impacto social, en los términos previstos en el artículo 111 de este Reglamento;
VIII. Los nombres, domicilios y direcciones de correo electrónico de los servidores públicos responsables del Concurso, y
IX. Las causas, en adición a las previstas en el artículo 108 de la Ley, por las que los concursantes quedarán descalificados.