Artículo 198. La convocatoria a la licitación pública deberá contener los requisitos que señala el artículo 95 de la Ley y se elaborarán conforme al orden, apartados e información que a continuación se indican:
I. Datos generales o de identificación de la licitación pública:
a) El nombre de la convocante;
b) La indicación que se llevará de manera electrónica, presencial o mixta;
c) El número de identificación de la convocatoria a la licitación pública, y
d) La indicación respecto de los ejercicios fiscales que abarcará la contratación;
II. Objeto y alcance de la licitación pública;
III. Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de licitación pública, precisando entre otros aspectos, los siguientes:
a) La fecha y hora en que se llevará a cabo, a través de los medios electrónicos correspondientes, la primera junta de aclaraciones; el acto de presentación y apertura de proposiciones; el fallo, y la firma del contrato; así como la fecha, hora y lugar;
b) Que, una vez recibidas las proposiciones en la fecha y hora establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de licitación pública hasta su conclusión;
c) Las indicaciones relativas al fallo y a la firma del contrato;
IV. Enumeración de los requisitos técnicos y económicos que los licitantes deben cumplir, precisando cuáles de éstos se considerarán indispensables para evaluar la proposición y, en consecuencia, su incumplimiento afectaría su solvencia y motivaría su desechamiento, especificando que éste también se dará si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los servicios a prestar;
V. Criterios específicos conforme a los cuales se evaluarán las proposiciones y se adjudicará el contrato respectivo;
VI. Requisitos legales que deben acompañar los licitantes;
VII. Domicilio de las oficinas de la autoridad administrativa competente en que podrán presentarse inconformidades contra los actos de la licitación pública, y
VIII. Formatos que faciliten y agilicen la presentación y recepción de las proposiciones.