Artículo 208. En caso de que en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas no se presenten tres proposiciones se podrá optar por declarar desierta la invitación, o bien, continuar con el procedimiento y evaluar las proposiciones presentadas. En caso de que sólo se haya presentado una propuesta, la convocante podrá adjudicarle el contrato si considera que reúne las condiciones requeridas.
Reglamento [Reg_LFIIEDB]
Artículo 208 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
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TÍTULO DÉCIMO TERCERO - DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN · CAPÍTULO VI - DEL RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN
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