Artículo 267. En caso de resultar aplicable, los contratos de inversión estratégica podrán establecer disposiciones en materia de riesgos no asegurables y, en su caso, ajustes en la contraprestación.
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Artículo 267 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
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TÍTULO DÉCIMO CUARTO - DE LOS CONTRATOS · CAPÍTULO X - DE LAS GARANTÍAS Y SEGUROS
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