Artículo 115

Artículo 115

TÍTULO CUARTO - DE LOS SORTEOS · CAPÍTULO III - DE LOS SORTEOS EN LOS SISTEMAS DE COMERCIALIZACIÓN

ARTÍCULO 115.- La mecánica de los sorteos en sistemas de comercialización será mediante tómbola, en la cual se depositarán las esferas u objetos semejantes que permitan identificar los números con los cuales participen las personas integrantes del grupo de consumidores, de modo que las esferas o sus equivalentes sean extraídas hasta la determinación del ganador.

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