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Artículo 98

REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Artículo 98

TÍTULO CUARTO - DE LOS SORTEOS · CAPÍTULO I - DE LAS MODALIDADES DE LOS SORTEOS

ARTÍCULO 98.- Los números premiados podrán obtenerse mediante alguna de las siguientes mecánicas de sorteos:

  1. Por tómbola;
  2. Por formación de números;
  3. De acuerdo con la terminación de los números premiados en un de la Lotería Nacional, o

    Fracción reformada DOF

  4. Mediante sistemas informáticos que, con su adecuada aplicación, determinen al azar los números premiados.

El sistema señalado en la fracción IV anterior podrá ser utilizado exclusivamente cuando el dé a conocer a la , junto con la solicitud del correspondiente, el programa informático mediante el cual se determinarán al azar los números ganadores. En todos los casos en que se aplique dicho sistema, el inspector deberá cerciorarse del correcto funcionamiento y podrá llevar a cabo el manejo de la aplicación del programa en cuestión durante la realización del . La podrá desarrollar un programa informático propio, para que sea aplicado por los permisionarios o por la .

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