CAPÍTULO III - DE LA ACTUACIÓN DE LOS ÁRBITROS
ARTÍCULO 13. Los honorarios de los árbitros se calcularán de común acuerdo entre el proveedor, el consumidor y el árbitro. El lugar y modo de pago se determinarán en el acuerdo arbitral.
REGLAMENTO del Artículo 122 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
CAPÍTULO III - DE LA ACTUACIÓN DE LOS ÁRBITROS
ARTÍCULO 13. Los honorarios de los árbitros se calcularán de común acuerdo entre el proveedor, el consumidor y el árbitro. El lugar y modo de pago se determinarán en el acuerdo arbitral.