Reglamento [Reg_LFPPI]

Artículo 112 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (Reg_LFPPI)

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Artículo 112

Capítulo III - De las Marcas, Avisos y Nombres Comerciales

Artículo 112.- La publicación en la Gaceta de la solicitud de registro de una marca a que se refiere el artículo 221 de la Ley, contendrá el número de expediente que se le haya asignado, su fecha de presentación, el signo distintivo solicitado y la clase señalada en la solicitud.

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