Reglamento [Reg_LFPPI]

Artículo 195 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (Reg_LFPPI)

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Artículo 195

Capítulo IX - Del Registro de Transferencia de Tecnología

Artículo 195.- Los actos inscritos en el Registro de Transferencia de Tecnología tendrán una versión pública en la que se incluirán los siguientes datos: la naturaleza jurídica del instrumento, la identificación de las partes, los derechos de propiedad industrial involucrados con su número de solicitud o registro, el plazo de vigencia y el territorio de aplicación.

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