Reglamento [Reg_LFPPI]

Artículo 43 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (Reg_LFPPI)

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Artículo 43

Capítulo II - De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados

Artículo 43.- Para la tramitación y conservación del registro de modelos de utilidad se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones contenidas en este Capítulo para las patentes.

Para el registro de los modelos de utilidad, será aplicable, en lo conducente, lo previsto en el artículo 42 de este Reglamento.

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