Artículo 41.- Con independencia de lo que establezca el acuerdo al que se refiere el último párrafo de los artículos 42 y 74 de la Ley, la persona solicitante estará obligada a exhibir la traducción de la prioridad reclamada cuando ésta se encuentre en un idioma diferente al español.
Reglamento [Reg_LFPPI]
Artículo 41 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Capítulo II - De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados
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