Reglamento [Reg_LFPPI]

Artículo 69 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (Reg_LFPPI)

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Artículo 69

Capítulo II - De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados

Artículo 69.- El examen de fondo tendrá como objeto, además del señalado en el artículo 110 de la Ley, determinar si la invención cumple los requisitos y condiciones establecidos en sus artículos 12 y 93 y, en su caso, el reconocimiento de la prioridad reclamada.

El Instituto, al efectuar el examen de fondo de la solicitud, sólo considerará lo que esté contenido en la descripción, reivindicaciones, los dibujos y el listado de secuencias de nucleótidos o de aminoácidos y, en su caso, la constancia de depósito de material biológico, analizando si cumplen con lo dispuesto por los artículos 94 y 110 de la Ley y por este Reglamento.

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