Reglamento [Reg_LFPPI]

Artículo 85 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (Reg_LFPPI)

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Artículo 85

Capítulo III - De las Marcas, Avisos y Nombres Comerciales

Artículo 85.- Para efectos de lo dispuesto en la fracción XXIII del artículo 173 de la Ley, la persona solicitante deberá presentar anexo a su solicitud el original de la constancia de autorización de la asamblea general comunitaria respectiva, en los términos de la legislación correspondiente.

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