Reglamento [Reg_LFPRH]

Artículo 121 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (Reg_LFPRH)

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Artículo 121

TÍTULO CUARTO - Del Ejercicio del Gasto Público Federal · CAPÍTULO VIII - Del Pasivo Circulante de las Entidades

Artículo 121. Constituye el pasivo circulante de las entidades, las obligaciones de pago contraídas por concepto de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas contratadas y que al 31 de diciembre de cada ejercicio se encuentren debidamente contabilizadas, devengadas y pendientes de pago.

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