TÍTULO CUARTO - Del Ejercicio del Gasto Público Federal · CAPÍTULO VIII - Del Pasivo Circulante de las Entidades
Artículo 121. Constituye el pasivo circulante de las entidades, las obligaciones de pago contraídas por concepto de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas contratadas y que al 31 de diciembre de cada ejercicio se encuentren debidamente contabilizadas, devengadas y pendientes de pago.