Lectura de artículo · Reg_LFPRH

Artículo 123

REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Artículo 123

TÍTULO CUARTO - Del Ejercicio del Gasto Público Federal · CAPÍTULO VIII - Del Pasivo Circulante de las Entidades

Artículo 123. Las entidades serán responsables de presentar a la Secretaría el informe de pasivo circulante antes del último día hábil de febrero de cada ejercicio. Las entidades coordinadas presentarán su información por conducto de las dependencias coordinadoras de sector.

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