Artículo 155. Los aspirantes a obtener la autorización como Terceros Especialistas en la evaluación de Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales, además de cumplir con la información y documentación señalada en el artículo 154 del presente Reglamento, deberán presentar a la Secretaría los documentos siguientes:
I. El manual de procedimientos de auditoría a sus Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales;
II. El informe de la infraestructura y material con que cuenta para evaluar los Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales, y
III. Contar con la certificación de la calidad de sus procesos.