Reglamento [Reg_LFZEE]

Artículo 58 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (Reg_LFZEE)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 58

CAPÍTULO TERCERO - DEL ESTABLECIMIENTO DE LAS ZONAS · Sección VI - Del Programa de Desarrollo

Artículo 58.- La Autoridad Federal, en coordinación con las Dependencias y Entidades, así como con los gobiernos de las Entidades Federativas y Municipios, elaborará y someterá a aprobación de la Comisión Intersecretarial el proyecto de Programa de Desarrollo de cada Zona, dentro del plazo que establezca el Decreto de Declaratoria de la Zona.

La Autoridad Federal considerará en la elaboración del proyecto de Programa de Desarrollo de cada Zona las recomendaciones que, en su caso, haya realizado el Consejo Técnico de la Zona así como los resultados de la Evaluación Estratégica.

Ver artículo Markdown