CAPÍTULO SEGUNDO - DE LAS AUTORIDADES Y LOS MECANISMOS DE COORDINACIÓN · Sección II - De la Comisión Intersecretarial
Artículo 8.- La tiene por objeto fungir como instancia para la toma de decisiones coordinadas y el seguimiento permanente de las acciones correspondientes a cargo de las y en la planeación, establecimiento y operación de las Zonas, así como en la implementación de las políticas públicas, proyectos y acciones previstos en el .
Las y integrantes de la deberán implementar, en el ámbito de su competencia, los .