Transitorios
Primero.- El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales
Transitorios
Primero.- El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.