TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 9.- Las y los servidores públicos deberán recibir capacitación permanente sobre derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género.
Reglamento [Reg_LGAMVLV]
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REGLAMENTO de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Reg_LGAMVLV)
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ARTÍCULO 9.- Las y los servidores públicos deberán recibir capacitación permanente sobre derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género.