Reglamento [Reg_LGAPPCEA]

Artículo 1 de REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista

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REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista (Reg_LGAPPCEA)

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Artículo 2 Artículo 3

Artículo 1

TÍTULO PRIMERO - Disposiciones Generales

Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar en el ámbito de la Administración Pública Federal, la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, a fin de impulsar la plena integración e inclusión a la sociedad de dichas personas, a través de la protección de los derechos humanos que garantiza la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de sus necesidades fundamentales.

A fin de dar cumplimiento a lo anterior, las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal se coordinarán, en términos de la Ley, con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, asimismo realizarán acciones de concertación e inducción con los sectores privado y social, en términos de las disposiciones aplicables.

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