Artículo 5. La interpretación del presente Reglamento para efectos administrativos corresponderá a la Secretaría, previa opinión de aquellas dependencias o entidades de la Administración Pública Federal a las que, conforme al ámbito de sus competencias, corresponda pronunciarse.
Reglamento [Reg_LGAPPCEA]
Artículo 5 de REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO PRIMERO - Disposiciones Generales
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Ley reglamentada
Ley General Para La Atención Y Protección A Personas Con La Condición Del Espectro Autista
[LGAPPCEA_270516]
Mismo título
Artículo 4 de Reg_LGAPPCEA
[Reg_LGAPPCEA]
Mismo título
Artículo 3 de Reg_LGAPPCEA
[Reg_LGAPPCEA]
Mismo título
Artículo 2 de Reg_LGAPPCEA
[Reg_LGAPPCEA]
Mismo título
Artículo 1 de Reg_LGAPPCEA
[Reg_LGAPPCEA]
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