Artículo 30. Los acuerdos de la Comisión se aprobarán por mayoría de votos de los integrantes presentes, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
Reglamento [Reg_LGAPPCEA]
Artículo 30 de REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO TERCERO - De la Comisión · CAPÍTULO ÚNICO - De la Operación
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley General Para La Atención Y Protección A Personas Con La Condición Del Espectro Autista
[LGAPPCEA_270516]
Mismo capítulo
Artículo 29 de Reg_LGAPPCEA
[Reg_LGAPPCEA]
Mismo capítulo
Artículo 31 de Reg_LGAPPCEA
[Reg_LGAPPCEA]
Mismo capítulo
Artículo 28 de Reg_LGAPPCEA
[Reg_LGAPPCEA]
Mismo capítulo
Artículo 32 de Reg_LGAPPCEA
[Reg_LGAPPCEA]
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista (Reg_LGAPPCEA)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.