Artículo 40. Tratándose de convocatorias a Eventos Deportivos, académicos, encuentros y congresos en materia de Cultura Física y Deporte el organizador deberá presentar:
I. Autorización de la asociación deportiva nacional correspondiente; en caso de que la hubiere;
II. La aprobación de la dependencia o entidad de Cultura Física y Deporte del Estado, Distrito Federal, delegación o municipio donde se pretenda realizar el Evento Deportivo, encuentro o congreso, y
III. Constancia de viabilidad financiera para su realización, expedida por el comité organizador de que se trate.