TÍTULO TERCERO - DEL SECTOR PÚBLICO · CAPÍTULO III - Del Registro Nacional de Cultura Física y Deporte
Artículo 38. La inscripción en el RENADE a que se refiere la fracción XI del artículo 27 de este Reglamento, compete a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias.