Reglamento [Reg_LGCFD]

Artículo 46 de REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

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REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte (Reg_LGCFD)

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Artículo 46

TÍTULO TERCERO - DEL SECTOR PÚBLICO · CAPÍTULO IV - De los Deportistas y Entrenadores de Alto Rendimiento

Artículo 46. La CONADE con el apoyo de los Órganos Estatales, del Distrito Federal y municipales de Cultura Física y Deporte y demás autoridades competentes, adoptará las medidas necesarias para facilitar la preparación técnica, la incorporación al sistema educativo, y la plena integración social y profesional de los Deportistas de alto rendimiento, durante su carrera deportiva y al final de la misma.

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