Reglamento [Reg_LGEEPA_MAAA]

Artículo 30 de REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

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REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales (Reg_LGEEPA_MAAA)

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Artículo 30

CAPÍTULO SEGUNDO - PROGRAMA NACIONAL DE AUDITORÍA AMBIENTAL · SECCIÓN III - Del Sistema de Reconocimientos y Estímulos

Artículo 30. El uso del sello correspondiente al Certificado se realizará conforme a lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás legislación sobre propiedad industrial aplicable y condiciones que para tal efecto establezca la Procuraduría o, en su caso, la Agencia, según corresponda, en el Manual de Uso del Certificado y del Sello, las cuales incluirán entre otras disposiciones: tamaño y proporción, colores, uso en la imagen de la Empresa, así como en las instalaciones para identificar a aquellas Empresas que han sido certificadas.

Artículo reformado DOF 31-10-2014

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