CAPÍTULO OCTAVO - DEL SUBSISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO
Artículo 67.- La Secretaría emitirá los lineamientos para la inclusión de las autorizaciones, concesiones y demás permisos de su competencia que se otorguen en las áreas de estudio de los diferentes programas de ordenamiento ecológico en el Subsistema.