Reglamento [Reg_LGEEPA_MOE]

Artículo 79 de REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico

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REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico (Reg_LGEEPA_MOE)

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Artículo 79

CAPÍTULO DÉCIMO - DE LAS ACCIONES DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO

Artículo 79.- Los servidores públicos que incurran en el incumplimiento de las disposiciones derivadas de este Reglamento, serán sancionados de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que haya lugar.

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