Artículo 9. La Coordinación Operativa Interinstitucional, para efectos de coadyuvar en la coordinación y colaboración estratégica entre las dependencias de la Administración Pública Federal y la Institución, auxiliará al Secretario en los temas siguientes:
I. Proponer al Secretario mecanismos de coordinación y colaboración estratégica;
II. Fungir como enlace entre las Secretarías de Estado que la conforman, con las demás dependencias de la Administración Pública Federal y la Guardia Nacional, en materia de esta última;
III. Participar con las dependencias de la Administración Pública Federal y otros organismos públicos y privados, en temas relacionados con la Guardia Nacional, y
IV. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas.