Reglamento [Reg_LGPSACDII]

Artículo 52 de REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.

Ver reglamento completo

Artículo 52

Capítulo XI - De la Capacitación y Certificación

Artículo 52. Los prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil estarán obligados a cursar, acreditar y en su caso revalidar los cursos y capacitaciones de los programas de actualización que se determine conforme al Modelo de Atención.

Ver artículo Markdown

Buscar en este reglamento Por artículo o término

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil (Reg_LGPSACDII)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad