CAPITULO IV - Sanidad en Aeropuertos
ARTICULO 53.-La Secretaría realizará visitas periódicas de supervisión a los establecimientos señalados en el artículo anterior.
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REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional (Reg_LGS_MSI)
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ARTICULO 53.-La Secretaría realizará visitas periódicas de supervisión a los establecimientos señalados en el artículo anterior.