TÍTULO TERCERO - PROMOCIÓN Y FOMENTO AL TURISMO · CAPÍTULO I - DE LA PROMOCIÓN TURÍSTICA
Artículo 64.- Las campañas publicitarias podrán consistir en:
I. La difusión de anuncios promocionales por cualquier medio;
II. La distribución de diversos objetos o clases de impresos;
III. La celebración de ferias turísticas, gastronómicas y demás eventos publicitarios, y
IV. Las demás acciones que determine la Secretaría para la divulgación de los Destinos y Atractivos Turísticos.