Reglamento [Reg_LGT]

Transitorio Noveno de REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

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REGLAMENTO de la Ley General de Turismo (Reg_LGT)

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Transitorio Noveno

Transitorios

Noveno.- La Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los ciento ochenta días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, los Lineamientos para la Dictaminación de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable, previstos en este ordenamiento.

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